Mala Fe de Compañías de Seguros

Cuando una compañía de seguro no cumple con lo establecido en el contrato, una persona puede demandar a la compañía por actuar de mala fe. Es importante señalar que los casos de mala fe son disputas entre usted y su propia compañía de seguros. Si la compañía de seguros de otro conductor rehúsa a pagarle a usted no se trata de un caso de mala fe, ya que no existe un contrato entre usted y esa compañía.

Algunos ejemplos de casos de mala fe incluyen compañías de seguros de salud, dentales, de automóviles y también contratos de compra venta de casas. Otros ejemplos pueden incluir la incapacidad de proveerle defensa si usted ha sido demandado o la incapacidad de seguir los procedimientos contractuales en caso de una disputa.

Las compañías de seguros tienen mucha experiencia legal en casos en los que se discuten sus contratos. Los contratos que han escritos por abogados con mucha experiencia han sido elevados de categoría como nuevas decisiones son tratados por una corte de apelaciones. Los abogados de cobertura incorporan nuevas leyes en las pólizas y reescriben regularmente su contrato. Muchos términos que parecen estar escritos en un inglés de uso diario podrían tener su origen en una opinión legal y puede dárseles una interpretación especial con la que los consumidores no están familiarizados.

Ya que las compañías se aseguran de saber de qué manera han sido definidos términos standard por jueces y compañías de seguros, escogen muy bien el lenguaje para tener mayores ganancias.

Interpretando Contratos de Compañías de Seguros

Las leyes relacionadas con los seguros determinan que si hay algún tipo de ambigüedad en una póliza se le dará la razón a quien contrato la póliza y no a la compañía de seguros. En la ausencia de algún tipo de distorsión acerca de la cobertura o sus exclusiones, si el lenguaje utilizado en la póliza es claro y explicito, se impondrá el significado más claro posible.

Los contratos de seguros serán interpretados por jueces y cortes solamente para cumplir con expectativas razonables de los asegurados. Cualquier expectativa personal o subjetiva de una persona, que no pueda ser apoyada de manera razonable por el lenguaje de un contrato es inaplicable. Desgraciadamente no importa lo que el asegurado piense o crea. Esa opinión subjetiva nunca es tomada en cuenta en una corte. Lo que realmente debe decidirse es que significan las palabras de una póliza para un lector desinteresado. Así que cuando se lee una póliza de seguros, las palabras seleccionadas por la compañía de seguros puedan ser interpretadas por los jueces de acuerdo a su significado más claro. Un significado claro es aquel que le daría una persona común y corriente a esas palabras, no el significado que podría ser utilizado por un ejecutivo de una compañía de seguros o un abogado.

Las limitaciones y exclusiones de una póliza deben estar expresadas en un lenguaje claro que no se preste a malas interpretaciones. Si se le puede dar más de un significado a una exclusión o limitación, la corte adoptara la interpretación que resulte más clara para la mayoría de la gente. Cualquier cláusula que no esté clara se interpretará a favor del asegurado.

Deber de Trato Justo

Todos los contratos de una compañía de seguros contienen términos invisibles o implícitos relacionados con la promesa de actuar de buena fe. Esta es una promesa impuesta por la ley a las compañías de seguros para que siempre se actúe de manera justa hacia los asegurados cuando se manejan sus demandas. Se incluya o no una cláusula de este tipo en la póliza, los jueces consideraran que si esta incluida. Las compañías de seguros deben cumplir con ciertas expectativas razonables e intereses financieros de los clientes.

En casos de mala fe siempre se le preguntará a un juez si dados esos hechos la compañía de seguros actuó de manera razonable. Negar beneficios, retrasar los pagos y pagar menos de lo que se debe son ejemplos de mala fe. Una compañía de seguros está obligada a investigar las demandas y debe informarse de todos los asuntos que podrían sustentar la demanda del asegurado. Esta obligación no se termina simplemente porque el asegurado haga una demanda contra la compañía. Cuando una compañía de seguros hace un ofrecimiento de convenio tardío, la mala fe no corrige o borra la conducta equivocada previa.

En una acción de mala fe, las prácticas comunes de una compañía de seguros se consideran admisibles para comprobar motivo, oportunidad, plan, conocimiento o ausencia de error en la manera en que se trata al asegurado. No es necesario comprobar que el asegurador intentó hacer daño o que violó a propósito la cláusula de buena fe. El dueño de la póliza únicamente debe comprobar que la compañía de seguros falló al no cumplir con el contrato. Cuando una persona compra una póliza de seguros los riesgos es lógico que si sus demandas no son satisfechas esta persona sufrirá presión financiera y emocional.

Daños en Casos de Mala Fe

Cuando un cliente demuestra de manera exitosa que el asegurador violó la buena fe, este puede recuperar todos los daños causados por esta violación. Esto incluye todas las pérdidas, daños generales, honorarios del abogado y en casos de mala conducta, daños punitivos.